San Luis Potosí.- Diputadas del grupo parlamentario de Morena y el diputado sin partido Pedro Carrizalez Becerra en el Congreso del Estado, respaldaron una iniciativa de reforma ciudadana que busca que en San Luis Potosí a través de una reforma Constitucional Estatal, se reconozcan los derechos de la naturaleza y cada uno de sus componentes, vinculando en esta responsabilidad a las instituciones políticas, públicas y sociales para la búsqueda del interés público.
En rueda de prensa en la que estuvieron presentes las diputadas Marite Hernández Correa, Rosa Zúñiga Luna y Angélica Mendoza Camacho y Karen Mendoza Pérez (una de las promotoras de la iniciativa), se explicó
que el objetivo de esta iniciativa es que ante esta crisis ambiental que vivimos y que afecta a todos como seres vivos, se tiene la necesidad de crear esta Ley sobre Derechos de la Naturaleza, rompiendo el paradigma en el sentido de que la naturaleza deje de verse como un sujeto a explotarse.
La diputada Marite Hernández Correa, destacó que el ser humano como componente de la naturaleza puede beneficiarse de esta, sin embargo, debe hacerlo de manera racional para no comprometer la estructura y funcionamiento de los ecosistemas. Con este propósito, el Estado debe fomentar y fortalecer buenas prácticas.
Además, se señaló que se plantea que “todos los daños causados a la naturaleza y a sus componentes, ya sea en su conjunto o de manera individual, deberán ser mitigados, remediados y restaurados por las personas físicas, morales, o bien, autoridades responsables de estos”.
Señaló que en lo particular se busca reformar y adicionar, el Título Segundo y los artículos, 7º, 9º, 10 y 15 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, y es promovida por los ciudadanos Karen Mendoza Pérez, Emmanuel Mendoza Pérez, Fernando Díaz-Barriga Martínez; así como las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, Marite Hernández Correa, María del Consuelo Carmona Salas, Angélica Mendoza Camacho, Rosa Zúñiga Luna, Alejandra Valdes Martínez, Edson de Jesús Quintanar Sánchez, y el diputado sin partido Pedro César Carrizales Becerra.
Se destacó que en la iniciativa se busca reformar la denominación del Título Segundo y los artículos, 7º, párrafos primero, segundo y cuarto; 9º, las fracciones X y XVI del párrafo segundo, así como los incisos a) y g) de la fracción XVI del segundo párrafo; 10, párrafo segundo; y 15.
Así mismo se adicionan, dos párrafos al artículo 7º, éstos como segundo y tercero, pasando a ser los actuales segundo a cuarto, los párrafos cuarto, quinto y sexto; un párrafo al artículo 9º, éste como tercero, pasando a ser los actuales tercero a quinto, los párrafos cuarto, quinto y sexto; cuatro párrafos al artículo 15, éstos como segundo a quinto.
La diputada Marite Hernández Correa, explicó que en el titulo segundo en materia de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza en su artículo 7o.- “En el Estado de San Luis se reconoce el valor intrínseco de la naturaleza y de cada uno de sus componentes. Por ende, son objeto de las instituciones políticas y sociales, la permanente búsqueda del interés público, la protección de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza”.
Además, dijo que se plantea que cada componente que integra a la naturaleza, en su carácter individual o colectivo, será sujeto de aquellos derechos que se reconozcan en esta Constitución. “En este tenor, es deber fundamental del Estado y de sus habitantes, garantizar el respeto, protección y conservación de la naturaleza y de sus componentes. En consecuencia, el Estado promoverá el progreso social y económico basado en la observancia de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza”, agregó.
Dijo que de aprobarse dicha iniciativa, las autoridades estatales y municipales deberán respetar y hacer respetar tanto dichas garantías, como los derechos humanos, conforme lo dispongan las leyes reglamentarias y ordinarias respectivas, así como los tratados internacionales de la materia. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos y a los derechos de la naturaleza, en los términos que establezca la ley.
En lo que se refiere a la fracción X, “En los términos que establece la Constitución Federal y las demás leyes de la materia, y dentro de los ámbitos de competencia del Estado y Municipios, los pueblos y comunidades indígenas tendrán derecho a la conservación de la naturaleza, y en consecuencia, de todos los elementos naturales que se encuentran ubicados en sus tierras o en la totalidad del hábitat que ocupan o disfrutan, así como preferencia en el uso y disfrute de los mismos”.
Además, señaló que el Estado reconocerá y preservará el conocimiento tradicional de todas las culturas que contribuyen a la protección de la naturaleza y al bienestar de todos los seres vivos. Sostuvo que es necesario el respeto irrestricto a una serie de factores que se establecen claramente en cuanto; Derecho a que se respete integralmente su existencia, a conservar las capacidades y condiciones que permiten la diversificación biológica, a la protección, a la salud, a un ambiente sano, a la restauración, a la remediación, al derecho a la no mercantilización de la vida y de los servicios ambientales, al mantenimiento del hábitat y al derecho a vivir sin violencia.
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