Con el objetivo de fortalecer el protocolo de búsqueda de niñas y mujeres desaparecidas, para involucrar a las corporaciones de seguridad, medios de comunicación y a la sociedad, la Comisión de Justicia analiza la iniciativa que propone reformar la fracción XVI del artículo 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

Se propone establecer que en el caso de los protocolos de localización de mujeres y niñas, éstos deberán ser de acción inmediata, y contemplar la coordinación con las distintas corporaciones de seguridad en el Estado, así como con los medios de comunicación, prestadores de servicios de comunicación y las organizaciones de la sociedad civil activas en defensa de derechos de las mujeres.

Esto, en razón de la importancia de contar con protocolos de búsqueda que puedan resultar más eficaces, ante los casos de desaparición de mujeres, y plantear las bases para que éstos se puedan llevar bajo criterios de coordinación, incorporando a diferentes instancias, e incluso a la sociedad civil.

Al establecer que los protocolos locales de búsqueda de mujeres y niñas desaparecidas, deberán ser de acción inmediata, y contemplar la coordinación con las distintas corporaciones de seguridad en el estado, se espera lograr contar con acciones afines al ámbito federal, garantizando la compatibilidad de tales acciones.

Además, desde un punto de vista práctico, el objetivo es fortalecer los mecanismos de búsqueda en caso de desapariciones de niñas y mujeres, con el objetivo de mejorar las posibilidades de sobrevivencia de las víctimas, puesto que la naturaleza de estos actos, demanda una respuesta institucional y social contundente.

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