Las comisiones de Puntos Constitucionales y Justicia del Congreso del Estado revisarán la iniciativa de reforma al artículo 58 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con el fin de establecer acciones en relación a la búsqueda de personas desaparecidas.

La reforma propuesta establece como atribuciones de la Dirección General de Análisis Criminal, el operar las gestiones necesarias para la alimentación de un Banco Estatal de Datos Forenses, del Registro Estatal de Personas Fallecidas no Identificadas y no Reclamadas, del Registro Estatal de Fosas, en coordinación con la Unidad Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Además en coordinación con Desaparición Forzada de Personas, y Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema de Búsqueda de Personas y la Unidad de Búsqueda, deberá crear el Programa Estatal de Exhumaciones, previsto en la Ley General.

En la exposición de motivos de la iniciativa, se señala que a cuatro años de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha observado que pese a la gravedad de la situación de desaparición de personas y que éste aún persiste, se continúa con la revictimización de miles de familias que aún continúan en la búsqueda de los suyos.

Indica que la Ley General surgió por impulso de familiares y colectivos de víctimas con el acompañamiento de la sociedad civil organizada y de organismos internacionales en el ánimo de articular y coordinar las acciones de investigación, búsqueda y reparación a las personas víctimas de desaparición y atender los más de 96 mil casos de personas que oficialmente se han reportado en situación de desaparición, así como las más de 52 mil personas cuyos restos permanecen sin identificar en los servicios forenses y panteones públicos, según lo reportado por la ONU-DH.

Por ello, se requiere que nuestro Estado se sume a los contenidos de la norma federal, para contar con mecanismos que permitan dar con el paradero de las personas desaparecidas, sancionar a las personas responsables, obtener una reparación integral y garantizar la no repetición de estos graves crímenes.

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