María Guadalupe Martínez Martínez y Diana Cristina Covarrubias Martínez, contrajeron matrimonio el 8 de junio de 2019, unos días después de que la reforma del matrimonio igualitario fuera aprobada por el Congreso del Estado; sin embargo, sus problemas comenzaron luego del nacimiento de su hijo Emilio, pues debido a las restricciones de los artículos 210 del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí y 68 de la Ley de Registro Civil de San Luis Potosí no les era posible registrarlo bajo la figura de comaternidad, donde se reconoce que ambas son las madres del menor.

Lo anterior a pesar de contradecir la Tesis: 1ª LXVII/2019 (10ª.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ubicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, que establece “que se debe respetar la voluntad de una mujer para reconocer como propio al hijo biológico de otra mujer con quien forma una familia. Lo cual surge para privilegiar la estabilidad familiar y el beneficio a los menores de edad. Figura conocida como comaternidad, es decir, que la pareja sentimental de una mujer lesbiana pueda desempeñar legalmente el rol de madre sobre el hijo biológico de su compañera”.

Fue así que el 17 de febrero de 2021, la pareja inició un juicio de amparo, el cual se resolvió a su favor el 13 de julio de 2021, que resuelve entre otras cosas: "Deberán autorizar que la filiación del menor quede debidamente registrada como hijo de María Guadalupe Martínez Martínez y Diana Cristina Covarrubias Martínez, por ser ambas sus madres”.

Así, se convierten en la primer pareja de mujeres en lograr este registro en el estado, mismo que se concretó en la Oficialía Sexta del Registro Civil de Soledad de Graciano Sánchez.

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