Esto se logró luego de que el tribunal superior de Europa anulara este miércoles una decisión de la oficina de patentes de la UE que limitaba el alcance de su marca.
El caso se remonta a 2014, cuando la compañía de la cantante, Smiley Miley Inc, trató de registrar la marca MILEY CYRUS en la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) para discos de audio y video, fundas de celulares, libros electrónicos, juegos de mesa electrónicos, calendarios y otros productos.
Sin embargo, Cyrus Trademarks Ltd —con sede en las Islas Vírgenes británicas— tenía registrada la marca CYRUS en 2010 y se opuso a la solicitud de algunos de los productos.
La EUIPO respaldó parte de su argumento, citando la posible confusión entre las dos marcas registradas.
Smiley Miley apeló, pero no logró convencer a la oficina de patentes el año pasado y posteriormente llevó su caso al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo.
El tribunal revocó la decisión de la EUIPO, desestimando sus argumentos de que las marcas pudieran confundirse y que el nombre Miley Cyrus no tenía un significado conceptual.
“La marca solicitada, MILEY CYRUS, tiene un contenido semántico claro y específico para el público relevante, dado que se refiere a una figura pública de reputación internacional, conocida por personas informadas, razonablemente observadores y circunspectas”, dijo el CJEU.
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