Ante las dudas y controversias surgidas entre la población respecto a los requisitos para la realización de bautismos, el padre Javier Pacheco Torres, párroco de Santa Catarina de Alejandría, aclaró que las normas que rigen este sacramento no dependen de decisiones personales de cada sacerdote, sino que están establecidas en el Directorio Eclesiástico correspondiente a cada diócesis.

En relación con una de las inquietudes más frecuentes, el sacerdote precisó que no es obligatorio que los padres estén casados por la Iglesia para que sus hijos puedan recibir el bautismo. Subrayó que este sacramento no puede negarse a madres solteras ni a parejas que vivan en unión libre o que estén casadas únicamente por lo civil.

No obstante, explicó que los requisitos sí son estrictos en el caso de los padrinos. De acuerdo con el directorio diocesano, los padrinos deben ser solteros o estar casados por la Iglesia; por lo tanto, las personas que viven en unión libre no pueden fungir como padrinos, ya sea de manera individual o como pareja.

El padre Pacheco Torres reiteró que la Iglesia no puede negar el sacramento del bautismo, siempre y cuando la solicitud sea realizada de manera adecuada por quien tenga la responsabilidad directa del menor. Señaló que estas normas buscan mantener el orden y la claridad en la vida sacramental, y no tienen como objetivo la exclusión.

Asimismo, aclaró que no es indispensable la presencia de ambos padres para solicitar el bautismo. El Directorio Eclesiástico establece que el trámite puede ser realizado por el padre, la madre o el tutor legal del menor, considerando distintas realidades familiares, como el caso de madres solteras o niños que se encuentran bajo el cuidado de otros familiares.

Finalmente, el párroco recordó que la parroquia de Santa Catarina de Alejandría pertenece a la Diócesis de San Luis Potosí, la cual cuenta con un directorio que define de manera clara los requisitos para cada sacramento. Estos lineamientos, enfatizó, se aplican de forma uniforme en todas las parroquias del territorio diocesano, sin posibilidad de que un párroco los modifique, agregue o elimine.

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