La nueva Ley Electoral para el Estado de San Luis Potosí que fue aprobada recientemente carece de validez, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 164/2020 promovida por el Partido del Trabajo, el máximo tribunal concluyó que para crear tal legislación debió realizarse una consulta entre los pueblos indígenas y afrodescendientes de la entidad, lo cual no se llevó a cabo.

La Ley Electoral de San Luis Potosí es inválida porque no se llevó a cabo una consulta previa e informada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad.

Posted by Suprema Corte de Justicia de la Nación on Monday, 5 October 2020

Dichas evasiones son violatorias del artículo 2 de la Constitución General de la República y del diverso 6 del Convenio 169 de la OIT, donde se prevé que pueblos y comunidades tienen el derecho a ser consultados cada vez que pretendan establecerse medidas legislativas susceptibles de afectar o incidir directamente.

Ante la proximidad de los comicios de 2021, la SCJN determinó que se desarrollen con la antigua Ley Electoral, y, una vez concluidas, deberán realizarse las consultas y la nueva legislación en la materia.

Mas de esta seccion: Estado


Nota:Este espacio es para que opines con responsabilidad, sin ofensas, vulgaridad o difamación. Cualquier comentario que no cumpla con estas características apropiadas, será eliminado definitivamente.